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Términos y condiciones

Última actualización: 9 de mayo de 2022

 

Al registrarse como usuario del sitio o del servicio, usted, como individuo y como representante autorizado de la empresa que representa, (“Usted”) declara y garantiza que está accediendo al servicio en nombre de la empresa cuya información usted proporcionó durante el proceso de registro (“Proveedor”).

Por la presente, declara y garantiza que tiene la autoridad para obligar legalmente al proveedor y que está debidamente autorizado para celebrar este acuerdo en nombre del proveedor. El servicio se le proporciona en el sitio web www.C2FO.com (el “Sitio”). El sitio, el servicio y cualquier otro servicio proporcionado por Pollen, Inc. (“C2FO”) relacionado con el sitio o el servicio están destinados a ser utilizados únicamente por el proveedor y sus usuarios autorizados. Acceso y uso de los servicios por parte del proveedor y sus usuarios autorizados están condicionados a la aceptación de este acuerdo. Al hacer clic en el botón “ACEPTO” a continuación, usted acepta y acepta estar sujeto a los términos de uso vigentes en ese momento en nombre del proveedor (el “Acuerdo”) y además declara y garantiza que este acuerdo crea un contrato vinculante entre C2FO y proveedor.

DEFINICIONES. Las siguientes son las definiciones que se aplican en este Acuerdo.

1.1 “Pago acelerado” se refiere a cualquier variación individual de los términos de pago de una factura específica no disputada que resulte en un pago antes de los términos de la factura acordados. Dicho pago anticipado podrá realizarse a cambio de un descuento sobre el importe facturado a través del servicio. Todo pago acelerado se documentará en un expediente de adjudicación.

1.2 “Afiliado” significa, con respecto a una parte, cualquier corporación u otra entidad que controle, sea controlada o esté bajo el control común de dicha parte.

1.3 “Proveedor autorizado” significa un proveedor externo del comprador que: (i) está autorizado por el comprador para usar el servicio y acceder al mercado del comprador; y (ii) ha aceptado todos los términos y condiciones de acuerdo con el uso permitido.

1.4 “Usuario autorizado” significa un usuario autorizado por el proveedor para acceder y utilizar el servicio en nombre del proveedor.

1.5 “Archivo de Adjudicación” significa un archivo electrónico compilado de ofertas adjudicadas de proveedores autorizados a un comprador para acelerar el pago de facturas aprobadas por el comprador, lo que puede resultar en descuentos en el valor nominal de dichas facturas.

1.6 “Comprador” se refiere a una parte que ha contratado a C2FO con el fin de procesar facturas no disputadas del proveedor a través del servicio para proporcionar el pago acelerado de una factura no disputada a cambio de un descuento en el monto facturado.

1.7 “Cierre del mercado C2FO” se refiere a la hora identificada en el sitio en la que se cierra el mercado de capital de trabajo y se confirma el estado de adjudicación de pago anticipado durante cada día hábil local.

1.8 “Información Confidencial” significa cualquier información no pública proporcionada por la parte divulgadora (“Parte Reveladora”) a la parte que recibe la información (“Parte Receptora”). La información confidencial incluye, pero no se limita a, lo siguiente:

(i) con respecto a C2FO, toda la información, el software, las invenciones, los conocimientos técnicos, las ideas, los programas, los programas de aparatos y los derechos de propiedad intelectual de C2FO relacionados con, conectados con o que surjan del servicio;

(ii) con respecto al proveedor, cualquier información no pública sobre el negocio o los socios comerciales del proveedor, en su totalidad o en parte; y

(iii) con respecto a cualquiera de las partes, los términos, condiciones, precios y otros contenidos de este acuerdo, y cualquier otra información, datos técnicos o conocimientos, incluidos, entre otros, los relacionados con la investigación, planes de productos, productos, servicios, clientes, mercados, software, código de software, documentación de software, desarrollos, invenciones, listas, secretos comerciales, compilaciones de datos, procesos, diseños, dibujos, ingeniería, información de configuración de hardware, marketing o finanzas.

Sin perjuicio de lo anterior, la información confidencial no incluye estadísticas de mercado o información, datos o conocimiento que:

(i) sea de dominio público en el momento de la divulgación o se ponga a disposición del público posteriormente sin restricciones, y no como resultado de la acción u omisión de la parte receptora;

(ii) es obtenida legítimamente por la parte receptora de un tercero sin restricción en cuanto a la divulgación;

(iii) está legalmente en posesión de la parte receptora en el momento de la divulgación;

(iv) está aprobado para su publicación mediante autorización por escrito de la parte reveladora; o

(v) es desarrollado de forma independiente y por separado por la parte receptora sin el uso de la información confidencial de la parte reveladora.

1.9 “Contenido” significa cualquier dato, información o material proporcionado a C2FO por o relacionado con el proveedor, en cualquier medio conocido ahora o en el futuro, para su uso con el servicio.

1.10 “Leyes de protección de datos” hace referencia a todas las leyes (incluida, entre otras, la ley de protección de datos de 1998) que se relacionan con el procesamiento o la seguridad de los Datos personales y que son aplicables al procesamiento de datos personales por parte de C2FO.

1.11 “Fuerza Mayor” significa eventos o condiciones más allá del control razonable de una parte, incluidos, entre otros, actos de enemigos comunes, terremotos, inundaciones, incendios, epidemias, ataques terroristas, embargos, huelgas, incendios, actos u órdenes gubernamentales o restricciones, actos de Dios, falta de disponibilidad de internet más allá de la demarcación del servicio (p. ej., problemas relacionados con el punto de interconexión de la red troncal, DNS o problemas con el servidor raíz), la incapacidad de asegurar productos o servicios de terceros o cualquier otra razón en la que el incumplimiento no se deba a la negligencia de la parte incumplidora.

1.12 “Información” significa cualquier información técnica o comercial en forma escrita, gráfica, oral u otra forma tangible o intangible, incluidos, entre otros, especificaciones, dibujos, herramientas, muestras, informes, recopilaciones, registros, datos, programas informáticos, dibujos, modelos y misterios.

1.13 “Derechos de propiedad intelectual” significa cualquier derecho de patente, derechos de autor, secretos comerciales, nombres comerciales, marcas de servicio, marcas registradas, derechos morales, conocimientos técnicos y cualquier otro derecho similar o activo intangible reconocido bajo cualquier ley o convenio internacional, y en cualquier país o jurisdicción en el mundo, como creaciones intelectuales a las que se acumulen derechos de propiedad, y todos los registros, solicitudes, divulgaciones, renovaciones, extensiones, continuaciones o reediciones de los anteriores ahora o en el futuro vigentes.

1.14 “Estadísticas de mercado” hace referencia a cualquier dato resumido, así como a la información estadística derivada, agregada, anonimizada o no atribuible asociada, incluida la que está asociada con la información de transacción (por ejemplo, tasas de registro/participación de proveedores, análisis de segmentación, actividad de oferta, análisis de tendencias de carga de facturas y análisis de tendencias geográficas, de industrias y subsectores) que pueden combinarse con otra información para optimizar, construir, proporcionar o mejorar el rendimiento, el modelado y los productos de C2FO

1.15 “Parte” o “Partes” significa, individual o colectivamente, según sea el caso, C2FO y el proveedor y todos y cada uno de los sucesores y cesionarios permitidos.

1.16 “Persona” significa un individuo, sociedad, corporación (incluyendo un fideicomiso comercial), sociedad anónima, fideicomiso, asociación no incorporada, empresa conjunta, sociedad de responsabilidad limitada, un gobierno o cualquier subdivisión política o agencia del mismo o cualquier otra entidad.

1.17 “Oferta de Proxy” significa una oferta de pago acelerado hecha a un Comprador por C2FO (i) en nombre del Proveedor y (ii) con la autorización del proveedor.

1.18 “Datos residuales” se refiere a todos los datos (p. ej., información duplicada compartida entre el comprador y los proveedores autorizados a través del servicio, incluida la información de facturas, propuestas de descuento, fechas y números de proyectos asociados con órdenes de compra y facturas) para proveedores que se registran y/o participan en el servicios y expedientes de adjudicación relacionados.

1.19 “Sanciones” significa sanciones, requisitos o embargos económicos, comerciales o financieros impuestos, administrados o aplicados periódicamente por cualquier autoridad de sanciones.

1.20 “Autoridad de Sanciones” significa los Estados Unidos (incluyendo, sin limitación, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los EE. UU., el Departamento de Estado de los EE. UU. y la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de los EE. UU.), los Estados Unidos Unido (incluido, entre otros, el Tesoro de Su Majestad), la Unión Europea y cualquier estado miembro de la UE, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y cualquier otra autoridad sancionadora pertinente.

1.21 “Jurisdicción Sancionada” significa, en cualquier momento, un país o territorio que es, o cuyo gobierno es, sujeto de sanciones.

1.22 “Persona Sancionada” significa, en cualquier momento, (a) cualquier persona incluida en cualquier lista relacionada con sanciones mantenida por cualquier autoridad de sanciones, o (b) cualquier persona ubicada, organizada o que resida en una jurisdicción sancionada.

1.23 “Servicio” hace referencia a la plataforma de servicios de aplicaciones basadas en el mercado de prepago de facturas electrónicas propiedad de C2FO, herramientas relacionadas y otros servicios a los que accede y utiliza el comprador (de conformidad con este acuerdo) y sus usuarios autorizados para ofrecer, aceptar y documentar (en forma de archivos de adjudicación) la aceleración del pago de facturas no disputadas, incluido cualquier sucesor o reemplazo o servicios futuros que ofrezcan la misma o más funcionalidad que su predecesor.

1.24 “Software” se refiere a (i) cualquier programa o aplicación de software de computadora propiedad de C2FO, o aquellos de sus terceros licenciantes, utilizados por C2FO en el establecimiento, operación y/o prestación del servicio, incluido cualquier esquema propietario, procesamiento o almacenamiento de datos aplicaciones, herramientas, metodologías y bases de datos y (ii) todo el código fuente, documentación, actualizaciones, mejoras y trabajos derivados de los mismos.

1.25 “Servicios de proveedores” se refiere a cualquier servicio de consultoría tales como implementación, capacitación o soporte que debe proporcionar C2FO según lo establecido en el proceso de registro o según lo acordado entre el proveedor y C2FO por escrito de vez en cuando.

1.26 “Información de la transacción” se refiere a todos los datos, el contenido y la información generados o publicados a través del servicio que cualquiera de las partes divulga directa o indirectamente a C2FO, pero no incluirá ninguna información que en ese momento de divulgación dentro de una excepción enumerada a la definición de información confidencial.

2. ACCESO AL SERVICIO

2.1 Uso. C2FO otorga al proveedor un derecho limitado, no exclusivo e intransferible para permitir que los usuarios autorizados accedan y usen el servicio, sujeto a las siguientes restricciones: (i) el proveedor puede usar el servicio únicamente para sus propios fines comerciales internos; y (ii) el proveedor no deberá (A) hacer ninguna copia de la totalidad o parte del servicio; (B) vender, sublicenciar, distribuir, alquilar, arrendar o ceder el servicio a cualquier otra persona o entidad; (C) modificar, aplicar ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, traducir, alterar o crear trabajos derivados basados en el servicio; (D) a excepción de los usuarios autorizados, permitir cualquier tercero para usar el servicio; (E) crear “enlaces” de Internet hacia o desde el servicio, o “enmarcar” o “reflejar” cualquier contenido que forme parte del servicio, que no sea en las propias intranets del proveedor o de sus usuarios autorizados o para sus propios fines comerciales internos, (F) enviar spam u otros mensajes duplicados o no solicitados en violación de las leyes aplicables, (G) enviar o almacenar material infractor, obsceno, amenazante, calumnioso o de otro modo ilegal o ilícito, incluido material dañino para los niños o que infrinja los derechos de privacidad de terceros. , (H) enviar o almacenar material que contenga virus de software, gusanos, troyanos u otros códigos informáticos, archivos, secuencias de comandos, agentes o programas dañinos; (I) interferir o interrumpir la integridad o el desempeño del servicio o los datos contenidos en el mismo; o (J) intentar obtener acceso no autorizado al servicio o sus sistemas o redes relacionados.

2.2 Acceso al servicio. C2FO proporcionará acceso a la pantalla de inicio de sesión al proveedor siguiendo las instrucciones de un comprador y en su nombre, y se le permitirá al proveedor crear una credencial de inicio de sesión única (“Nombre de usuario” y “Contraseña”) para que sea confidencial y utilizada por autorizados. usuarios para acceder a los servicios. El proveedor será el único responsable de todas las actividades que ocurran bajo cualquier nombre de usuario y contraseña creados por el proveedor. El proveedor deberá notificar inmediatamente a C2FO sobre cualquier uso no autorizado de cualquier nombre de usuario o contraseña y C2FO deberá tomar las medidas que considere apropiadas para abordar el uso no autorizado. El proveedor acepta en su propio nombre y acepta exigir a sus usuarios autorizados que accedan al servicio de manera segura de conformidad con los estándares razonables de C2FO establecidos ocasionalmente que actualmente requieren, en la medida aplicable, el uso de navegadores web que utilicen 128 bits. Cifrado SSL.

3. ALCANCE, DISPONIBILIDAD Y MODIFICACIONES3.1 Alcance del servicio. El servicio está destinado a permitir transacciones entre el proveedor y los compradores como principales y C2FO no actúa ni representa de ninguna manera al proveedor ni a ningún comprador. C2FO no es parte, tercero beneficiario de, o un garante del cumplimiento con respecto a cualquier transacción, acuerdo o arreglo celebrado entre el proveedor y cualquier comprador que utilice el servicio. Específicamente, (i) C2FO no controla la calidad, seguridad, legalidad o disponibilidad del contenido o los servicios a los que se accede a través del servicio, los términos y condiciones en los que se proporciona el contenido, los bienes y/o los servicios relacionados a los que se accede, o el cumplimiento del proveedor con cualquier acuerdo que pueda celebrar con un comprador; (ii) C2FO no asume ninguna obligación de recibir o distribuir ningún pago acordado por el proveedor y cualquier comprador; y (iii) bajo ninguna circunstancia C2FO de ninguna manera obtendrá un interés en, o de otro modo se considerará que está dentro de la cadena de título de cualquier contenido, bienes y/o servicios relacionados a los que acceda el proveedor.

3.2 Efecto del uso del servicio. El proveedor reconoce y acepta que el efecto de usar el servicio da como resultado que un comprador realice un pago acelerado al proveedor. Al aceptar el pago acelerado, el proveedor acuerda aceptar el pago acelerado como liquidación total y final de cualquier factura que esté sujeta a un pago acelerado y, por lo tanto, satisfacer en su totalidad cualquier monto adeudado de conformidad con dicha factura. El proveedor reconoce que un comprador es un tercero beneficiario de esta Sección 3.2 y un comprador puede hacer cumplir las disposiciones contenidas en este documento. El proveedor reconoce que se le puede solicitar que presente documentos a un comprador para cumplir con las regulaciones fiscales del mercado local. En caso de que no se proporcionen documentos solicitados en el plazo especificado por un comprador o C2FO, es posible que el proveedor no reciba los pagos acelerados. El proveedor también reconoce que el cálculo del porcentaje anual asociado con una oferta de descuento proporcionada por el proveedor para pago acelerado dentro del servicio utiliza la técnica de redondeo bancario y tiene una tolerancia de un octavo (1/8) del uno (1) por ciento.

Cuando las facturas aceleradas se relacionan con compradores del Reino Unido, el expediente de adjudicación requiere que un proveedor, cuando corresponda, registre un ajuste en los registros de IVA. El proveedor puede tratar el expediente de adjudicación como un documento apropiado para ajustar los registros de IVA de conformidad con la regulación 24 de SI 1994/2518. Tenga en cuenta que la responsabilidad de garantizar que se registre un ajuste de IVA preciso recae únicamente en el proveedor y no es responsabilidad de C2FO porque la información en el archivo de adjudicación se basa en lo que un comprador cargó previamente en el Servicio. En particular, cuando el proveedor no haya cobrado el IVA en la factura original, pero el expediente de adjudicación muestra un monto de ajuste del IVA, es responsabilidad exclusiva del proveedor asegurarse de que no se realice ningún ajuste en sus registros de IVA.

Según corresponda, el proveedor designa a C2FO como un agente con fines limitados para emitir notas de crédito (incluso en la forma de un archivo de adjudicación modificado) en nombre del proveedor que signifique la aceptación del descuento a través del servicio a cambio de un pago acelerado. El proveedor confirma que dichas notas de crédito relacionadas con los pagos acelerados están debidamente registradas en el(los) libro(s) de cuentas del proveedor.

3.3 Oferta de proxy. El proveedor acepta que C2FO puede actuar como un usuario autorizado de propósito limitado en nombre y dirección de un usuario autorizado del proveedor (incluso por correo electrónico, mensaje de texto, voz y/o configuración del servicio) para ofrecer o aceptar pagos acelerados. Las ofertas de proxy se proporcionan como un programa de servicio opcional para la comodidad del proveedor. Como tal, C2FO no tiene ningún compromiso de proporcionar una oferta de proxy y puede dejar de proporcionar el programa en cualquier momento a su entera discreción.

3.4 Tarjetas C2FO. Para ser elegible para recibir pagos acelerados a una tarjeta (como se define a continuación), el proveedor debe registrarse para obtener una tarjeta de pago comercial de la marca C2FO (la “Tarjeta”) puesta a disposición por un socio bancario de C2FO (“Socio del Banco”). A pedido del proveedor y con el acuerdo de C2FO, C2FO cargará los pagos acelerados a la tarjeta del proveedor. El uso de dicha tarjeta estará sujeto al acuerdo de titular de la tarjeta C2FO entre el proveedor y el socio bancario C2FO. El proveedor puede retirar fondos del saldo de su cuenta de tarjeta a su cuenta de depósito bancaria designada en la institución financiera de depósito de EE. UU. designada por el proveedor, siempre que dicho retiro esté sujeto a una tarifa. Cualquier tarifa de este tipo se mostrará al proveedor a través del servicio antes de cualquier retiro. Por el presente, el proveedor autoriza a C2FO a cobrar dicho cargo de la cantidad de fondos retirados del saldo de la cuenta de la tarjeta del proveedor.

3.5 Disponibilidad del servicio. El proveedor reconoce y acepta que la disponibilidad del servicio está sujeta a la disponibilidad de servicios y funciones de conexión hacia y dentro de internet y que el internet no es tolerante a fallas. En consecuencia, C2FO no tendrá ninguna responsabilidad por el incumplimiento de cualquier representación, garantía o pacto de este acuerdo que surja o se relacione con la falta de disponibilidad de dichos servicios de conexión y otras funciones de red por cualquier motivo.

3.6 Modificación del servicio. El proveedor entiende y acepta que C2FO puede modificar el servicio, el nombre o la forma en que el servicio está disponible, y que esas modificaciones pueden crear diferencias en la forma en que el proveedor accede al servicio. El proveedor además comprende y acepta que, previa notificación por escrito con anticipación razonable al proveedor, C2FO se reserva el derecho

3.7 Servicios del proveedor. Cuando se acuerde en el proceso de registro o según lo acordado entre las partes, C2FO proporcionará servicios de proveedor al proveedor.

3.8 Indemnidad. El proveedor indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a C2FO y sus directores, funcionarios, miembros, gerentes y empleados de y contra todos los reclamos, acciones, responsabilidades, pérdidas, gastos, daños y costos (incluidos los honorarios razonables de los abogados), que puedan ocurrir en cualquier momento. ser incurrido por motivo de reclamo de un tercero que surja de o esté relacionado con un incumplimiento de este acuerdo por parte del proveedor; cualquier reclamo de un comprador que surja del uso o mal uso del servicio por parte del proveedor, o cualquier reclamo que sea inconsistente con las representaciones o garantías del proveedor a C2FO contenidas en este acuerdo.

4. RECOMPENSAS

4.1 Recompensas de tarjeta. Al abrir y mantener una Tarjeta C2FO al día, el proveedor se inscribe automáticamente en el programa de recompensas de C2FO (“Programa de recompensas”). El programa de recompensas es parte del servicio. A través del programa de recompensas, el proveedor puede acumular reembolsos en efectivo (“Recompensas”) cuando el proveedor realiza compras que califican (cada una, “compras elegibles”) con la tarjeta del proveedor. C2FO acreditará la cuenta de la tarjeta del proveedor con el 1.0% de cada monto de compra elegible como una recompensa.

4.2 Elegibilidad. Para participar en el programa de recompensas, la tarjeta del proveedor debe estar continuamente en buen estado. Si (i) la tarjeta del proveedor no está al día por algún motivo, incluido, entre otros, porque el proveedor cierra la cuenta de su tarjeta, o (ii) C2FO determina, a su exclusivo criterio, que el proveedor está haciendo un uso indebido del programa de recompensas o ha violado este acuerdo de otra manera, entonces el Proveedor puede no ser elegible para ganar recompensas, y el proveedor puede perder cualquier recompensa ganada o acumulada previamente. C2FO puede suspender temporal o permanentemente las recompensas de la tarjeta y/o descalificar al proveedor de participar en el programa de recompensas y/o ajustar o hacer que se pierda cualquiera o todas las recompensas acumuladas como resultado del comportamiento abusivo del proveedor, fraude, tergiversación, cualquier violación de la ley, violación de cualquier otro acuerdo con C2FO o uno de C2FO afiliados, o cualquier otra violación de cualquiera de este acuerdo, según lo determine C2FO a su exclusivo criterio. Las recompensas no se pueden combinar con otros programas de descuentos o recompensas a menos que C2FO lo autorice específicamente. C2FO puede cancelar o perder cualquier recompensa que el proveedor pueda acumular bajo el programa de recompensas si el proveedor incumple cualquier disposición de este acuerdo o el acuerdo del titular de la tarjeta C2FO.

4.3 Compras elegibles. Todas las compras publicadas que el proveedor haga con su tarjeta son compras que califican, sujetas a las limitaciones de este párrafo. Las transacciones excluidas incluyen transacciones que se consideran fraudulentas, transacciones en disputa o transacciones sujetas a contracargos. C2FO puede determinar que un tipo de transacción o una transacción en particular se excluye de la elegibilidad para la acumulación de recompensas en cualquier momento. Cualquier transacción con tarjeta realizada o efectuada mientras el proveedor está en incumplimiento de este acuerdo no califica como una compra elegible, a menos que C2FO permita lo contrario. C2FO se reserva el derecho de determinar, a su exclusivo criterio, si una transacción en particular es una compra elegible. Las recompensas son ofrecidas únicamente por C2FO sujetas al programa de recompensas y no son ofrecidas ni proporcionadas a través de ningún comerciante. Si el proveedor devuelve, cobra, cancela, disputa o solicita un reembolso por una compra elegible por la cual el proveedor ya recibió recompensas, C2FO se reserva el derecho de eliminar cualquier monto de recompensas relacionado de la cuenta de la tarjeta del proveedor, o compensar dicho monto de cualquier recompensa futura. Si C2FO elige eliminar el monto de la cuenta de la tarjeta del proveedor, el proveedor autoriza a C2FO a acreditar la cuenta de la tarjeta del proveedor, independientemente de si esto hace que la cuenta de la tarjeta tenga un saldo negativo, y el proveedor acepta proporcionar cualquier documentación o autorización requerida para garantizar que dicho el monto de las recompensas se devuelve a C2FO.

4.4 Errores de cálculo de recompensas. Es la responsabilidad del proveedor de asegurar de que las recompensas obtenidas se acumulen y acrediten correctamente de acuerdo con este acuerdo. Si el proveedor cree que fue elegible para una recompensa que no se acreditó correctamente al proveedor o en nombre del proveedor, C2FO puede solicitar que el proveedor presente evidencia documental para respaldar dicha reclamación que sea satisfactoria para C2FO. El proveedor debe enviar un reclamo por una recompensa acreditada indebidamente dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha en que se aplicó el crédito o el proveedor cree que se suponía que se había producido dicho crédito, pero no ocurrió. Si el proveedor no presenta un reclamo dentro de los sesenta (60) días, las recompensas obtenidas se considerarán correctas y el proveedor habrá renunciado a cualquier reclamo de ajuste. C2FO se reserva el derecho (pero no es obligatorio) de corregir las recompensas inexactas y de ajustar las recompensas a discreción exclusiva de C2FO. Si C2FO no acredita, o deniega indebidamente, un canje de recompensas al que el proveedor tenía derecho, entonces el recurso exclusivo del proveedor será la emisión del canje de recompensas indebidamente denegado, si está disponible, o cualquier otro beneficio alternativo que C2FO, a su entera discreción, podrá determinar.

4.5 Impuestos. Todos los montos pagados al proveedor en relación con el programa de recompensas no incluyen ninguna retención, venta, uso, impuestos especiales, valor agregado u otros impuestos aplicables. El proveedor reconoce y acepta que el proveedor es responsable de determinar, pagar, retener, presentar e informar todos los impuestos, aranceles y otras evaluaciones gubernamentales asociadas con la actividad del proveedor en relación con el programa de recompensas. C2FO no es responsable de determinar si el proveedor debe impuestos en relación con el acceso o el uso del programa de recompensas por parte del proveedor ni de recaudar, declarar o remitir impuestos que surjan del acceso o uso del programa de recompensas por parte del proveedor, excepto los impuestos sobre la renta propios de C2FO.

4.6 Términos adicionales del programa de recompensas. El proveedor no tiene ningún derecho u otro interés legal adquirido en las recompensas acumuladas hasta que se hayan aplicado a la cuenta de la tarjeta del proveedor. Las recompensas no se pueden transferir ni asignar a ninguna otra parte, y cualquier intento de hacerlo será nulo y sin efecto legal. La venta o el trueque de cualquier recompensa, que no sea por parte de C2FO, está expresamente prohibido. El proveedor puede ser descalificado de participar en el programa de recompensas y las recompensas acumuladas del proveedor pueden perderse si en algún momento el proveedor viola este acuerdo, viola la ley aplicable o hace un mal uso de la tarjeta del proveedor o cualquier parte de los servicios. C2FO puede, sin previo aviso ni responsabilidad ante el proveedor, suspender el programa de recompensas o modificar el programa de recompensas agregando o eliminando características o funcionalidades, aunque dichos cambios puedan afectar las recompensas otorgadas al proveedor. C2FO puede limitar la acumulación y el canje de recompensas, incluso a través de límites, tarifas y vencimiento. C2FO también puede revisar los términos que rigen el programa de recompensas de vez en cuando a su exclusivo criterio, sujeto a la ley aplicable.

5. DERECHOS DE PROPIEDAD

5.1 Título de Tecnología. Todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con C2FO, el software, las estadísticas de mercado y el servicio, en su totalidad o en parte, serán propiedad exclusiva de C2FO y de sus licenciantes externos. El proveedor no violará los derechos de propiedad intelectual de C2FO en su propio nombre o en nombre de un tercero.

5.2 Estadísticas del mercado. El proveedor acepta que C2FO puede utilizar la información de transacción para crear estadísticas de mercado.

5.3 Título de contenido. Todos los títulos, derechos e intereses sobre cualquier contenido enviado a C2FO en el curso de la prestación del servicio seguirán siendo propiedad del proveedor correspondiente o de otros propietarios externos. Si todo o parte de cualquier contenido se convierte en objeto de una demanda real o amenazada o si C2FO cree que dicho contenido puede violar los derechos de propiedad intelectual de un tercero o la ley aplicable, C2FO tendrá derecho a eliminar dicho contenido de inmediato sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el proveedor. Todo título, derecho e interés en y para el contenido licenciado por C2FO de terceros licenciantes y utilizado en el proceso de proporcionar el servicio, si lo hubiere, seguirá siendo propiedad exclusiva de C2FO o de sus terceros licenciantes.

5.4 Sugerencias. C2FO tendrá una licencia libre de regalías, mundial, perpetua e irrevocable para usar o incorporar al servicio cualquier sugerencia, idea, solicitud de mejora, comentarios, recomendaciones u otra información proporcionada por el proveedor y sus usuarios autorizados en relación con el servicio.

5.5 Licencia de proveedor a C2FO. Por la presente, el proveedor otorga una licencia limitada e intransferible a C2FO para que C2FO use el nombre, los logotipos y las marcas comerciales del proveedor para identificar al proveedor como un usuario del sitio y los servicios para fines de marketing y relaciones públicas de C2FO, incluidos materiales de marketing, anuncios, listas de clientes, comunicados de prensa, presentaciones y publicaciones durante la vigencia de este acuerdo. C2FO también puede proporcionar el nombre, los logotipos y las marcas comerciales del proveedor, incluidos, entre otros, los nombres del personal de contacto y la información de contacto del proveedor, a los clientes compradores de C2FO y otros terceros con los que C2FO tiene una relación comercial con el fin de expandir la adopción del servicio por parte de los compradores y proveedor. C2FO debe obtener el consentimiento previo por escrito del proveedor para cualquier otro uso del nombre, los logotipos y las marcas registradas del Proveedor, dicho consentimiento no debe ser retenido o demorado injustificadamente; siempre que, sin embargo, no se requiera el consentimiento del Proveedor cuando el uso de la información del proveedor cumpla con este acuerdo o la póliza de privacidad de C2FO.

6. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

6.1 No divulgación de información confidencial. Cada parte conservará la información confidencial de la otra parte en la más estricta confidencialidad (es decir, en función de la necesidad de conocerla) y no divulgará dicha información confidencial a ningún tercero. Cada parte acuerda: (i) utilizar la información confidencial solo para los fines de este acuerdo y según lo permita expresamente este acuerdo; (ii) no hacer copias ni almacenar información confidencial ni ninguna parte de la misma, salvo que esté expresamente permitido por este acuerdo; (iii) reproducir y mantener en cualquier copia de cualquier información confidencial tales leyendas o avisos de propiedad (ya sea de la parte reveladora o de un tercero) tal como están contenidos en o sobre el original o según lo solicite razonablemente la parte reveladora; y (iv) tratar este acuerdo como información confidencial. La parte receptora notificará por escrito a la parte reveladora sobre cualquier uso, posesión o divulgación no autorizada conocida de información confidencial de la parte reveladora. La parte reveladora tendrá el derecho exclusivo (pero no estará bajo la obligación) de emprender acciones legales o de otro tipo contra cualquier tercero con respecto a dicho uso, posesión o divulgación no autorizados de información confidencial de la parte reveladora, y la parte receptora deberá cooperar con la parte reveladora en dicho esfuerzo.

6.2 Remedios. Las partes acuerdan que, sin perjuicio de cualquier otra sección de este acuerdo, la parte que no incumple tendrá derecho a buscar una compensación equitativa para proteger sus intereses, incluidas, entre otras, medidas cautelares preliminares y permanentes, así como daños monetarios. Nada de lo establecido en este documento se interpretará como una limitación de cualquier otro recurso disponible para las partes.

6.3 Divulgaciones a entidades gubernamentales. Si la parte receptora se ve legalmente obligada a divulgar información confidencial por parte de cualquier entidad gubernamental como resultado de una orden judicial, citación o acción legal similar (“Revelación Obligatoria”), la parte receptora le dará a la parte reveladora un aviso por escrito de inmediato. La parte receptora cooperará con los esfuerzos razonables de la parte reveladora para anular, modificar o impugnar la revelación obligatoria, y divulgará solo la información que sea legalmente requerida. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el presente, una revelación obligada no se considera un incumplimiento de la Sección 6.1 anterior.

6.4 Protección de Datos. En la medida en que C2FO procese cualquier dato personal como resultado de la prestación del servicio, el proveedor acepta que C2FO lo haga como procesador de datos y que el proveedor es el controlador de datos en relación con dichos datos personales y en relación con dichos datos personales: (i) C2FO procesará dichos datos personales con el único propósito de proporcionar el servicio de acuerdo con los términos de este acuerdo y cualquier instrucción escrita legal razonablemente dada a C2FO por el proveedor de vez en cuando; y (ii) el proveedor contará con medidas de seguridad técnicas y organizativas apropiadas contra el procesamiento no autorizado o ilegal de dichos datos personales y contra la pérdida o destrucción accidental o daño de dichos datos personales. A los efectos de este acuerdo, los términos Datos personales”, “Procesador de datos” y “Controlador de datos” tendrán el mismo significado que se establece en la ley de protección de datos de 1998.

6.5 Transferencias Internacionales de Datos. C2FO y el proveedor acuerdan que cualquier dato personal procesado como resultado de la prestación del servicio será alojado o almacenado en los Estados Unidos por el afiliado de C2FO. Con respecto a dichos datos personales, C2FO declara y garantiza que ha tomado las medidas adecuadas para cumplir con las Leyes de protección de datos aplicables con respecto a dichos datos personales.

7. TÉRMINO Y TERMINACIÓN

7.1 Término. Este acuerdo entrará en vigor en la fecha en que el proveedor o cualquier usuario autorizado se registre por primera vez en el sitio y acepte estos términos y continuará vigente mientras C2FO proporcione el servicio al proveedor.

7.2 Terminación por Causa. C2FO puede rescindir este acuerdo si (a)(i) el proveedor incumple este acuerdo; y (ii) dicho incumplimiento no se soluciona dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la notificación del incumplimiento al proveedor; o (b) el proveedor finaliza o suspende sus actividades comerciales, se declara insolvente, admite por escrito su incapacidad para pagar sus deudas a medida que vencen, realiza una cesión en beneficio de los acreedores o queda sujeto al control directo de un síndico, síndico o similar autoridad, o queda sujeto a cualquier procedimiento de quiebra o insolvencia bajo cualquier ley aplicable.

7.3 Terminación por Conveniencia. Cualquiera de las partes puede rescindir este acuerdo en cualquier momento, por cualquier motivo a su exclusivo criterio, proporcionando a la otra parte una notificación por escrito con (30) días de anticipación.

7.4 Efecto del Terminación. Tras la rescisión de este acuerdo, de conformidad con los términos del presente, C2FO puede interrumpir inmediatamente el acceso y uso del servicio por parte del proveedor. El proveedor suspenderá de inmediato el uso de cualquier servicio y destruirá cualquier información confidencial que el proveedor haya recibido de C2FO. Durante un período de no menos de siete (7) años posteriores a la rescisión, C2FO puede conservar una (1) copia de todos los datos residuales con fines de archivo, litigio, regulatorios, financieros y de seguimiento de auditoría de acuerdo con las normas estándar de seguridad de datos, auditoría y contabilidad prácticas. C2FO no está obligado a purgar afirmativamente eliminar o purgar ningún registro en los sistemas de copia de seguridad o archivo mantenidos en el curso normal del negocio.

7.5 Supervivencia. Sin perjuicio de cualquier rescisión de este acuerdo, las secciones 6.1 – 6.3 (“Confidencialidad”) sobrevivirán por un período de cinco (5) años, la sección 9.4 (“Solicitud de empleados”) sobrevivirá por un período de un (1) año, mientras que las secciones 3.8 (“Indemnización”), 5 (“Derechos de propiedad”), 8 (“Descargo de responsabilidad; Garantía; Limitación de responsabilidad”) y 9.6 (“Ley vigente”) sobrevivirán indefinidamente a la terminación de este acuerdo. Todos los demás derechos otorgados en virtud del presente cesarán a la terminación.

8. DESCARGO DE RESPONSABILIDAD; GARANTÍA; LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

8.1 Descargo de responsabilidad. En la máxima medida permitida por la ley y salvo que se establezca expresamente y sin ambigüedades en este acuerdo, los servicios del proveedor se proporcionan “tal cual” y C2FO excluye y renuncia específicamente a todas las garantías, condiciones y representaciones implícitas (incluidas las relacionadas con la calidad, la habilidad y el cuidado y aptitud para un propósito particular) conectado con, relacionado con o que surja de este acuerdo y cualquier representación, condición o garantía de que el acceso o uso del servicio será libre de errores, seguro o ininterrumpido, o que la información o el contenido serán exactos u oportunos.

8.2 Garantía del proveedor. El proveedor declara y garantiza que (i) sus usuarios autorizados tienen autoridad para actuar en nombre del proveedor; y (ii) toda la información de transacción u otros materiales enviados por el proveedor a C2FO en virtud del presente no (A) infringirán los derechos de terceros, incluidos los derechos de propiedad intelectual, (B) violarán ninguna ley, estatuto, ordenanza o regulación aplicable; o (C) contienen virus, troyanos, gusanos, bombas de tiempo, bots de cancelación u otras rutinas de programación dañinas o perjudiciales similares. El proveedor garantiza que: (i) está debidamente organizado, válidamente existente y en regla según la ley aplicable; (ii) tiene el poder y la autoridad para ejecutar, entregar y cumplir en virtud de este acuerdo; y (iii) este acuerdo constituye una obligación válida y vinculante exigible de acuerdo con sus términos.

8.3 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY, EN NINGÚN CASO C2FO (O CUALQUIER SUBCONTRATISTA DE C2FO) SERÁ RESPONSABLE DE CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS O INGRESOS, PÉRDIDA DE NEGOCIOS, PÉRDIDA DE AHORROS ESPERADOS, PÉRDIDA DE USO, INTERRUPCIÓN DE NEGOCIOS, PÉRDIDA DE DATOS O COSTOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES SUSTITUTOS, TECNOLOGÍAS O SERVICIOS, COSTO DE COBERTURA O PUNITIVO O EJEMPLAR, O Y DIRECTO, INDIRECTO, DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES O CONSECUENTES DE CUALQUIER TIPO EN RELACIÓN CON O QUE SURJA DEL SUMINISTRO, EL DESEMPEÑO O EL USO DEL SERVICIO O DE LOS SERVICIOS DEL PROVEEDOR, YA SEA ALEGADO COMO INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O CONDUCTA DELICTIVA, INCLUIDA LA NEGLIGENCIA, INCLUSO SI EL PROVEEDOR HA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. ADEMÁS, C2FO (Y CUALQUIER SUBCONTRATISTA DE C2FO) NO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA DEMORA EN LA ENTREGA O LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O LOS SERVICIOS DEL PROVEEDOR. RESPONSABILIDAD TOTAL DE C2FO EN CONTRATO, AGRAVIO (INCLUYENDO NEGLIGENCIA O INCUMPLIMIENTO DE DEBERES LEGALES), DECLARACIÓN FALSA, RESTITUCIÓN O DE OTRO MODO, QUE SURJAN EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO O CUMPLIMIENTO CONTEMPLADO DE ESTE ACUERDO, EN NINGÚN CASO, EXCEDERÁ LA MAYOR DE LAS TARIFAS REALMENTE PAGADAS POR EL PROVEEDOR A C2FO EN CUMPLIMIENTO DE ESTE ACUERDO DURANTE LOS SEIS (6) MESES ANTERIORES A LA OCURRENCIA DEL INCUMPLIMIENTO O INCIDENTE AFIRMADO COMO CAUSANTE DEL DAÑO O $100.00.

8.4 Exclusión. Nada en este acuerdo excluye la responsabilidad de C2FO por muerte o lesiones personales causadas por negligencia de C2FO o por fraude o tergiversación fraudulenta.

9. GENERAL

9.1 Cumplimiento. El proveedor acuerda que: (i) proporcionará a C2FO cualquier información en su poder relacionada con un usuario autorizado que pueda ser una persona sancionada; (ii) si C2FO determina, a su discreción comercialmente razonable, que cualquier usuario autorizado es una persona sancionada, C2FO puede desactivar a la persona sancionada como usuario autorizado; (iii) el proveedor deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones pertinentes, las leyes contra el soborno/corrupción, el lavado de dinero y el control de exportaciones, y los requisitos de informes de información fiscal aplicables a este acuerdo; (iv) si el proveedor figura como una persona sancionada, el proveedor notificará a C2FO; y (v), si C2FO determina, a su discreción comercialmente razonable, que el proveedor es una Persona sancionada, C2FO puede desactivar al proveedor y no se enviarán más facturas para el proveedor al servicio.

9.2 Avisos. Cualquier aviso requerida o permitida bajo los términos de este acuerdo deberá ser entregada en persona, por fax, por servicio de mensajería al día siguiente, o por correo de primera clase, registrado o certificado, con franqueo prepago, (i) si es para el proveedor, a la dirección provista por proveedor durante el proceso de registro o (ii) si a C2FO, atención: C2FO – Avisos legales, 2020 West 89th Street, Suite 200, Leawood, Kansas 66206. Todos estos avisos se considerarán entregadas al momento de su recepción.

9.3 Derechos de terceros. Salvo lo expresamente previsto en este acuerdo, este acuerdo no confiere ningún derecho a ninguna persona que no sea parte de este acuerdo.

9.4 Asignación y Subcontratación. Ni este acuerdo ni ningún derecho bajo este acuerdo pueden ser asignados o transferidos de otro modo por el proveedor, en su totalidad o en parte, ya sea voluntariamente o por ministerio de la ley, sin el consentimiento previo por escrito de C2FO. Sujeto a lo anterior, este acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, C2FO tendrá derecho a subcontratar cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente con terceros.

9.5 Legislación aplicable. Este acuerdo y cualquier disputa o reclamo que surja de o en conexión con él o su objeto o formación (incluidas las disputas o reclamos no contractuales) se rigen e interpretan de acuerdo con las leyes del estado de Delaware, EE. UU., sin referencia a los principios de conflicto de leyes.

9.6 Arbitraje. Si surge alguna disputa en relación con este acuerdo, la disputa será resuelta por arbitraje bajo las reglas de arbitraje de la cámara de comercio internacional (“Reglas”) por tres (3) árbitros designados de acuerdo con las reglas, sin recurrir a los tribunales ordinarios de justicia. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá, sin renunciar a ningún otro derecho o recurso disponible, solicitar una reparación provisional o preliminar de un tribunal de jurisdicción competente necesaria para proteger los derechos o la propiedad de la parte que presenta la solicitud hasta que finalice el arbitraje. Una vez iniciada la audiencia de arbitraje, ésta permanecerá en sesión durante el horario normal de trabajo de cada siguiente día laborable, hasta que concluya. Cada parte pagará todos sus propios costos de arbitraje, incluidos, entre otros, honorarios de abogados y profesionales, costos y gastos durante el arbitraje. En cualquier acción o procedimiento para hacer cumplir los derechos en virtud de este acuerdo, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar los costos y los honorarios razonables de abogados de la otra parte. Cada parte acepta la jurisdicción personal y material de los procedimientos de arbitraje según lo dispuesto en el presente y renuncia a cualquier defensa basada en forum non conveniens o falta de jurisdicción personal o material. Las partes acuerdan que el arbitraje, el laudo y sus términos, y la opinión escrita del árbitro serán y permanecerán confidenciales.

9.76.1 Lugar de arbitraje. Si el proveedor está organizado, reside, o tiene una oficina en los Estados Unidos o Canadá, la sede jurídica y el lugar (“Lugar”) de la mediación y el arbitraje, si lo hubiere, se llevarán a cabo en Kansas City, Kansas, EE. UU. de conformidad con las reglas. Si el proveedor está organizado, reside o tiene una oficina en la India, el lugar de celebración de la mediación y el arbitraje, si lo hubiere, se llevará a cabo en Delhi de conformidad con las reglas. Si el proveedor no está organizado, no reside ni tiene una oficina en los Estados Unidos, Canadá o la India, el lugar de la mediación y el arbitraje, si corresponde, se llevarán a cabo en Londres, Reino Unido o en el República de Singapur, a discreción del proveedor, de conformidad con las reglas.

9.6.2 Recursos de arbitraje. La concesión y cualquier orden de los árbitros serán definitivos y vinculantes para todas las partes de dicho arbitraje, y se podrá dictar sentencia al respecto en un tribunal de jurisdicción competente. Los árbitros no tendrán poder para otorgar reparación no monetaria o equitativa de ningún tipo o para dictar una concesión o imponer un remedio que (i) sea inconsistente con este acuerdo o (ii) no podría ser realizado o impuesto por un tribunal que decida el asunto en la misma jurisdicción. El árbitro no tiene autoridad para llevar a cabo ningún tipo de procedimiento representativo o colectivo, no puede consolidar las reclamaciones de más de una persona y está restringido a resolver disputas individuales. El descubrimiento se permitirá en relación con el arbitraje solo en la medida, si lo hubiere, autorizado expresamente por el panel de arbitraje al demostrar una necesidad razonable por parte de la parte que busca el descubrimiento. Excepto por el incumplimiento de los derechos de propiedad de C2FO, ninguna acción, independientemente de la forma, que surja de este acuerdo podrá ser presentada por cualquiera de las partes más de un (1) año después de que haya ocurrido la causa de la acción.

9.7 Contratistas independientes. La relación de C2FO y el proveedor establecido por este acuerdo es la de contratistas independientes, y nada de lo contenido en este acuerdo se interpretará o implicará para dar a cualquiera de las partes el poder de dirigir o controlar las actividades diarias de la otra o constituir las partes como socios, empresas conjuntas, copropietarios o, de otro modo, como participantes en una empresa conjunta o común.

9.8 Términos. Este acuerdo está sujeto a cambios por parte de C2FO sin previo aviso, y el proveedor acepta cumplir con el acuerdo vigente cada vez que el proveedor acceda a los servicios. El acuerdo revisado entrará en vigor cuando se publique.

9.9 Misceláneas. En el caso de que alguna disposición de este acuerdo entre en conflicto con la ley aplicable o si alguna disposición es declarada nula, inválida o de otro modo ineficaz o inválida por un tribunal de jurisdicción competente: (i) dicha disposición se considerará reformulada para reflejar como en la medida de lo posible, las intenciones originales de las partes de conformidad con la ley aplicable; y (ii) los términos, disposiciones, convenios y restricciones restantes de este acuerdo permanecerán en pleno vigor y efecto. El hecho de que cualquiera de las partes no haga cumplir en cualquier momento cualquiera de las disposiciones de este acuerdo no se considerará como una renuncia al derecho de cualquiera de las partes a partir de entonces de hacer cumplir dichas disposiciones. Excepto por cualquier obligación de hacer pagos, el incumplimiento de cualquiera de las partes se excusará en la medida en que el cumplimiento sea imposible por fuerza mayor.

Los encabezados de las secciones son solo para facilitar la referencia y no forman parte de este acuerdo. El proveedor reconoce haber leído los términos y condiciones establecidos en este acuerdo, comprende todos los términos y condiciones y acepta estar obligado por ellos. Ningún empleado, agente, representante o afiliado de C2FO tiene autoridad para obligar a C2FO a ninguna representación oral o garantía relacionada con el servicio. Cualquier declaración o garantía por escrito que no esté expresamente contenida en este acuerdo no será ejecutable.

9.10 Legislación aplicable. Este acuerdo se introduce en el idioma inglés. Cualquier traducción preparada por cualquier motivo será una adaptación no vinculante sin ningún efecto legal, y prevalecerá la versión en inglés de este acuerdo. Todas las comunicaciones con respecto a este acuerdo se realizarán en inglés. Todas las acciones iniciadas en virtud de este acuerdo y los procedimientos de mediación y arbitraje se llevarán a cabo en inglés, y todos los documentos, que no sean pruebas documentales de terceros, presentados a los árbitros o utilizados en apoyo de cualquiera de las partes deberán estar en inglés. Sin limitar la generalidad de esta sección 8.11, cada una de las partes reconoce que: (i) no hará valer ningún reclamo basado en ninguna traducción o discrepancia o supuesta discrepancia entre dicha traducción y esta versión en inglés de este acuerdo; y (ii) dicha traducción no se utilizará para interpretar este acuerdo.

9.11 Términos específicos adicionales.

9.11.1 Lo siguiente se aplica a su acuerdo si es cliente de Cass Information Systems, Inc.: En caso de que el comprador realice un pago acelerado al proveedor en una factura no disputada que se muestre como elegible en el servicio (“Factura”) y el proveedor relacionado (“Proveedor”) posteriormente disputa que el pago de la factura o el proveedor no reembolsa al comprador por ese pago por cualquier motivo, incluida la bancarrota (un “Pago no válido”), el proveedor acepta que (a) reembolsará el pago no válido al comprador a pedido, y ( b) para facilitar dicho reembolso, a elección del comprador, el comprador puede (i) aplicar el pago no válido para pagar una o más facturas del proveedor (que pueden o no estar relacionadas con el proveedor involucrado con el pago no válido), o (ii) retirar (mediante el “derecho de débito” de ACH u otros medios) el monto del pago no válido directamente de la cuenta del proveedor en la que se depositó (en cuyo caso, el proveedor reembolsará al comprador directamente dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de la solicitud del comprador para el pago). monto del Pago no válido en la medida en que no se recuperó directamente de la cuenta del proveedor). En cualquier caso, el derecho de recuperación del proveedor en relación con el pago no válido será únicamente contra el proveedor y no contra el comprador.

En adelante, los métodos de recuperación disponibles para el comprador de conformidad con las subsecciones (i) y (ii) se denominan “Métodos de recuperación”. El proveedor reembolsará al comprador inmediatamente después de que lo solicite, mediante la reaplicación de un pago previo, la aplicación contra facturas posteriores o mediante pago directo, por cualquier pago realizado por el comprador al proveedor de las facturas asignadas por el proveedor a un tercero. En el caso de una cesión por parte del proveedor de las facturas del proveedor a un tercero, el proveedor indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad al comprador y sus afiliados de todas y cada una de las pérdidas, daños, responsabilidades, reclamaciones o costos (incluidos, entre otros, los honorarios de abogados y costos) que surjan de cualquier pago por parte del comprador al proveedor de una factura asignada (colectivamente, “Pérdidas de cesión”).

9.11.2 Lo siguiente se inserta como la segunda oración de la sección 3.2 de su acuerdo si usted es un proveedor del Grupo Telefónica: Para evitar dudas, el descuento afectará únicamente a las facturas no disputadas relacionadas y no afectará ninguna otra obligación entre el proveedor y el comprador, o entre el proveedor y un afiliado del comprador.

9.12 Términos específicos adicionales para India.

9.12.1 Lo siguiente se aplica a su acuerdo si su cliente tiene un contrato con una subsidiaria india de C2FO o si se encuentra en India.

9.12.2 Se agrega una nueva definición al Artículo 1 para “Financiador” de la siguiente manera: “Financiador” significa una institución financiera u otra entidad (que no sea el comprador correspondiente) que comunica su aceptación de una solicitud de pago acelerado, en cada caso habilitado por los servicios.

9.12.3 Se agrega una nueva Sección 3.9 al Artículo 3 de la siguiente manera: 3.9 Acuerdo de Agente de Pago. Un comprador, de vez en cuando, puede optar por utilizar un acuerdo de agente de pago o acuerdos de servicios similares (“Acuerdos de agente de pago”) entre el comprador y un financiador. Para hacer uso de dichos servicios, el proveedor brinda al comprador su consentimiento para cumplir con las formalidades requeridas por el financiador en nombre del proveedor y enviar los documentos al financiador de vez en cuando para descontar sus cuentas comerciales por cobrar y acreditar los ingresos netos (neto del descuento ofrecido por el proveedor) a su cuenta bancaria. A cambio del descuento ofrecido por el proveedor en el servicio, el financiador, actuando en nombre del comprador, puede prepagar el monto neto de la factura al proveedor después de deducir dicho descuento. El proveedor confirma que, para las facturas en las que ha ofrecido un descuento a través del servicio, ese proveedor es el único propietario legal y beneficiario de las cuentas por cobrar correspondientes a los bienes y servicios proporcionados al comprador y el proveedor también acepta que no cederá ni transferirá ninguna derechos u obligaciones relacionados con dichas cuentas por cobrar a cualquier tercero sin el consentimiento previo del comprador. El proveedor acuerda aceptar este pago del financiador a través del acuerdo de agente de pago como liquidación total y final de dicha factura y renuncia al monto del descuento en la factura como si el pago fuera realizado por el comprador con el efecto establecido en la sección 3.2 anterior. El proveedor también reconoce que dichos acuerdos del agente de pago pueden implicar otros acuerdos entre el comprador y el financiador siempre que el proveedor reciba el pago acordado equivalente al monto de la factura menos el descuento ofrecido.

9.12.4 Se agrega una nueva sección 5.6 al Artículo 5 de la siguiente manera: 5.6 Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, el proveedor reconoce y acepta que, con el fin de hacer uso de los servicios de acuerdos de agentes de pago por parte del proveedor, toda su información, incluida, entre otras, información confidencial, contenido, información de transacciones, datos residuales, estados de cuenta, datos, etc. será compartida por C2FO con el comprador y el financiador y el proveedor por la presente da su consentimiento a C2FO para compartir toda su información, incluida, entre otras, información confidencial, contenido, información sobre transacciones, datos residuales, declaraciones, datos, etc. con el comprador y financiador.